I M S S
I  M  S  S

En respuesta a las necesidades de los empresarios de una Industria que genera un n煤mero importante de empleos en el pa铆s, y  al esp铆ritu de servicio de los funcionarios del Seguro Social, se ha iniciado una nueva etapa de colaboraci贸n con esta C谩mara empresarial.
 
De esta forma, a partir de Diciembre de 2003, se han llevado a cabo diversas reuniones de trabajo e intercambio de ideas con los funcionarios del Seguro Social, con el prop贸sito de analizar y elaborar propuestas de soluci贸n a la problem谩tica existente.
 
La primera fase de estos trabajos culmin贸 el 30 de septiembre de 2004, siendo Director General del Instituto del Dr. Santiago Levy Algazi y el entonces Presidente de la C谩mara Ing. Jorge Videgaray Verdad, quienes firmaron el documento de entretenimiento que contiene los principios rectores para la actualizaci贸n del Reglamento del Seguro Social para los Trabajadores de la Industria de la Construcci贸n, basado en el reconocimiento de la necesidad de interactuar a partir de la confianza mutua y en el uso de las nuevas tecnolog铆as.
 
Hoy me es grato comunicarles que el 4 de marzo del 2008 se public贸 en el Diario Oficial de la Federaci贸n el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcci贸n por Obra o Tiempo Determinado", el cual entrar谩 en vigor en agosto del 2008.
 
Es importante recordar que los cambios en la Administraci贸n del Instituto Mexicano del Seguro Social prolongaron la culminaci贸n de estos trabajos con el consecuente retraso de algunos de los objetivos originalmente planteados; sin embargo, las nuevas disposiciones ofrecen principalmente los siguientes beneficios:
 
 
La limitaci贸n de la responsabilidad solidaria siempre que:
  • Se acredite tener celebrado un contrato a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios con personas f铆sicas o morales establecidas que cuenten para ello con elementos propios y en cuyo contrato se consigne el nombre, denominaci贸n o raz贸n social del contratista, el domicilio fiscal y el registro patronal otorgado por el Seguro Social.
  • No se proporcionen datos falsos.
Una vez presentado el aviso de terminaci贸n de la obra, el Instituto aplicar谩 la prueba de razonabilidad y en un plazo perentorio de 90 d铆as h谩biles, sin notificaci贸n por parte de 茅ste, de no haber aprobado la prueba de razonabilidad, considerar谩 que el patr贸n cumpli贸 con las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social y su Reglamento respecto de la obra que se trate, salvo que exista denuncia de alg煤n trabajador o de sus beneficiarios o que se utilice informaci贸n falsa.
Para que se lleve a cabo dicha prueba de razonabilidad ser谩 necesario que los patrones presenten un archivo mensual en Excel con los datos de los trabajadores vigentes en la obra, relativos al registro patronal, registro de obra, n煤mero de seguridad social, nombre completo y d铆as trabajados.
 
Nuestra labor contin煤a en la b煤squeda de la eficiencia administrativa, y en que no se aplique en forma indiscriminada el procedimiento establecido en el art铆culo 18 del reglamento mencionado, as铆 como en la aplicaci贸n legal del procedimiento administrativo de ejecuci贸n.


R E G L A M E N T O   D E L   I  M  S  S
Martes 4 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Secci贸n)

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
 
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Seguro Social

Obligatorio para los Trabajadores de la Construcci贸n por Obra o Tiempo Determinado.

click aqu铆

 


Volver al listado de Servicios

::: Noticias y Avisos :::

 

 214



================
 
================
  WALLPAPERS CMIC
================
 





 




 

 





 






 






   
 
 


 





    

    

 

 

    



   

 

  

   
   
 
 
 
   
Rio Yaqui No. 101 Col. Lomas de San Pablo, Quer茅taro, Qro. C.P. 76130
Tels. (442) 220 6375, 220 6248, 220 6309, 220 6408
Horario: 9:00 a.m. a 7:00 p.m.
 
漏 2009 Sitio desarrollado por WSI. Derechos Reservados CMIC Delegaci贸n Quer茅taro.